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  15/03/2002
barcelona.com – La ley estadounidense ofrece protección internacional

barcelona.com – La ley estadounidense ofrece protección internacional
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El 22 de febrero de 2002 se dio a conocer la decisión de un tribunal civil norteamericano en Alexandria, Virginia, sobre el dominio barcelona.com. La demanda del titular del dominio, quien se opuso a una sentencia dictada previamente por la WIPO (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) en su contra, ha sido rechazada. El titular deberá transferir definitivamente el dominio a la ciudad española de Barcelona.

Esta decisión tiene consecuencias de gran alcance. El tribunal civil se ha ocupado de la cuestión de si y, hasta qué punto, la ACPA (Anticybersquatting Consumer Protection Act) se puede aplicar a marcas extranjeras que se ven perjudicadas por los registros de dominios de sus países o si esta ley protege exclusivamente a marcas nacionales, es decir, norteamericanas.

El demandante ya había registrado el dominio en España a nombre de su esposa en 1996. En febrero de 1999 se dirigió a la ciudad de Barcelona para venderle el dominio. Resultó inútil, ya que su oferta de venta era exorbitante. En mayo de 2000, Barcelona pidió al demandante que entregara el dominio. Acto seguido, el demandante cambió el registro del mismo a EE.UU. a nombre de una empresa ficticia de su propiedad. En mayo de 2001, Barcelona prosiguió con éxito el anteriormente mencionado procedimiento de la WIPO.

El tribunal civil sostiene que el poder legislativo, consciente de la naturaleza internacional de internet, pretendía aplicar la ACPA para regular el registro de dominios. El registro de un dominio en EE.UU. se extiende, en caso dado, a todo el mundo. En consecuencia, el congreso pretendía proteger no sólo las marcas norteamericanas, sino también todas las marcas internacionales. De este modo, también la ciudad de Barcelona, como titular de la marca Barcelona (con arreglo a la Ley de Marcas española), está amparada por esta ley.

 
 
 
     
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